Jesús Murillo Karam, quien anteriormente ocupó el cargo de procurador general de la República, ha sido otorgado con una medida de prisión domiciliaria por parte de un Tribunal Colegiado en relación al Caso Ayotzinapa.
Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal han determinado que Murillo Karam tiene derecho a esta medida procesal y han modificado la resolución inicial para permitir que continúe su proceso bajo arresto domiciliario.
Argumentan que la decisión se apega al Código Penal.
Según la resolución, Murillo Karam cumpliría con los requisitos estipulados en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual establece excepciones para aplicar la prisión preventiva en el domicilio o en centros médicos o geriátricos.
En este caso, se argumenta que el exprocurador, quien supera los setenta y cinco años de edad y padece una enfermedad grave como la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la hipertensión arterial sistémica y la insuficiencia vascular cerebral, es apto para recibir esta medida.
Aclaran que la prisión domiciliaria no significa conceder la libertad.
La decisión de modificar la medida de detención, según los magistrados, no implica otorgar la libertad al acusado, sino simplemente redefine el lugar donde cumplirá su detención, manteniéndose así en prisión preventiva justificada en su propio domicilio.
“El imputado sí tiene derecho a que la prisión preventiva justificada se ejecute en su domicilio, fijando las medidas de control que aseguren su cumplimiento, a través de debate en audiencia pública”, se señala en la resolución.
Su detención se debió a estar Implicado en el caso Ayotzinapa
Murillo Karam fue arrestado el pasado 19 de agosto, un día después de que Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de Gobernación, informará sobre el caso de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.
Al día siguiente, se le dictó prisión preventiva justificada, por riesgo de fuga, en una audiencia en el Reclusorio Norte.