Respalda el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre paridad de género, estableciendo que los partidos deben postular 5 mujeres y 4 hombres en las nueve entidades en elecciones por gubernaturas .
Este proyecto fue presentado después de la inconformidad alegada por el partido Movimiento Ciudadano.
Ahí mencionaba que las mujeres postuladas fuera de cuatro, debido a que excluía de este principio a Yucatán.
Durante la sesión pública este proyecto fue rechazado con dos votos a favor y tres en contra, con la participación de las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto quienes se pronunciaron a favor de conservar el principio de paridad de género para garantizar la participación política de las mujeres.
BUSCABAN REVOCARLO
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña había propuesto revocar el acuerdo del INE con el que se ordenaba postular a cinco mujeres como candidatas en las nueve entidades.
Pues se establecía que el sistema jurídico electoral no atribuye al INE facultades explícitas para instrumentar y garantizar la paridad en las elecciones, pues esta está reservada al Congreso de la Unión así como a las legislaturas locales.
Indicaba que, el INE carece de competencia sobre el caso a menos que ejerza su facultad de atracción, lo cual no ocurrió.
También proponía una serie de reglas para garantizar la paridad de género en las que se establece que los partidos políticos tendrían que elegir entre Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco, las cuatro entidades en las que postularán a mujeres como sus candidatas para gubernaturas.
El proyecto excluía a Yucatán de la medida, ya que la legislación local en materia de paridad de género cumplía con las reglas para que los partidos postulen a sus candidatos de manera paritaria.