Suprema Corte declara inconstitucional la prisión vitalicia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión vitalicia, también conocida como cadena perpetua, contemplada en el Código Penal del estado de Chihuahua. 

Por unanimidad de nueve votos, los ministros del Pleno invalidaron el artículo 127, párrafo segundo, que imponía esta sanción en casos de homicidio doloso de tres o más personas, por considerarla contraria al modelo de reinserción social que establece el artículo 18 de la Constitución.

El proyecto, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se originó tras resolver un amparo directo contra una sentencia de 2014 emitida por magistrados de la Sala Colegiada de Casación del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. 

NO HABRÁ IMPUNIDAD

La Corte destacó que la declaratoria de invalidez no implica dejar impune el delito, sino que obliga al juzgador a determinar una pena acorde con el marco legal vigente, que contempla entre 20 y 50 años de prisión para homicidio calificado.

Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa enfatizó que la prisión vitalicia es incompatible con el sistema penitenciario mexicano, el cual debe garantizar mecanismos laborales y educativos para la reinserción social de las personas sentenciadas.

La SCJN reiteró que la invalidez de esta pena no significa liberar a los condenados por los delitos señalados, sino revisar las sanciones aplicables conforme a la Constitución y los derechos humanos. 

Este fallo marca un precedente en la protección de garantías individuales y el fortalecimiento del sistema de justicia basado en la reintegración social.