La Sala Regional Especializada del TEPJF exoneró a Xóchitl Gálvez de violar normativas electorales, validando su publicación sobre el uso correcto de programas sociales en elecciones, como ejercicio de libertad de expresión y no promoción política
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió el fallo en el que exoneró a la candidata presidencial de la alianza “Fuerza y Corazón por México” conformada por el PAN, PRI y PRD, Xóchitl Gálvez, de cualquier violación a las normativas electorales por el uso del logotipo del Instituto Nacional Electoral (INE) en una publicación en redes sociales.
https://twitter.com/TEPJF_Esp/status/1786113297965543536?t=dadJvc3qDDxF1wNeX65-Lg&s=19
En dicha publicación, la candidata propuso la implementación de una campaña informativa sobre la correcta utilización de los programas sociales en el contexto electoral.
Con la aprobación de la mayoría de los magistrados de la Sala Regional Especializada del TEPJF concluyeron que la intención de la publicación de la coalición “Fuerza y Corazón por México” no fue la de impulsar su plataforma política, sino más bien la de comunicar la petición hecha al Consejo General del INE para llevar a cabo una campaña que promueva el uso adecuado de los programas sociales durante el periodo electoral.
El fallo dedujo que el contenido publicado no indujo a confusión entre los ciudadanos, ya que no se trataba de información engañosa, sino de un asunto arraigado en el debate público y protegido por el derecho a la libertad de expresión.
Es importante mencionar que la queja original surgió a raíz de una acusación por parte del Partido del Trabajo (PT) hacia la candidata presidencial, alegando un supuesto uso inapropiado del logotipo institucional del INE. Esta acusación se basó en una conferencia de prensa realizada el 27 de marzo, la cual fue transmitida a través del canal de YouTube de la candidata, donde se exhibieron diversas gráficas incorporando el logotipo del INE.