SCJN ratifica normativa para la protección de derechos de autor

La SCJN valida norma crucial para las plataformas digitales, permitiendo retirar contenidos que infrinjan derechos de autor, equilibrando la protección de la propiedad intelectual en el entorno digital.

 

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado válida la norma que otorga a las plataformas digitales la facultad de retirar materiales que infrinjan los derechos de autor. Esta resolución, tomada por mayoría de votos el pasado 30 de mayo, representa un avance significativo en la protección de la propiedad intelectual en el ámbito digital.

 

La ley, que ha sido objeto de múltiples debates y análisis, establece que los Proveedores de Servicios en Línea (PSL) deberán tomar “medidas razonables” para evitar que contenidos previamente removidos por violaciones a los derechos de autor sean subidos nuevamente. La SCJN ha considerado que el término “medidas razonables” es adecuado y no resulta impreciso dentro del marco jurídico actual.

 

Además, se ha especificado que los PSL no prejuzgarán la titularidad de los derechos sobre las obras o materiales subidos a sus plataformas. En caso de disputa, se requerirá un procedimiento judicial o administrativo, o bien, un mecanismo de solución de controversias para resolverla de manera definitiva.

 

 

CONTRA LA DIFUSIÓN ILEGAL DE CONTENIDOS

 

Esta normativa surge como una respuesta necesaria ante la creciente preocupación por la difusión ilegal de contenidos protegidos por derechos de autor en internet, y busca equilibrar los intereses de los creadores con las dinámicas de las plataformas digitales.

 

Con esta medida, México se suma a los esfuerzos internacionales por actualizar y fortalecer las leyes de derechos de autor para el entorno digital, asegurando que los creadores reciban el reconocimiento y la remuneración justa por su trabajo en la era de la información.