Una mujer fue captada en video haciendo un escándalo en un puesto de jugos en la Ciudad de México, luego de que presuntamente le negaran una bebida alcohólica. El hecho, que rápidamente se viralizó en redes sociales, provocó fuertes reacciones entre los usuarios, quienes la apodaron como #LadyChupitos o #LadyTeporocha.
En el video se observa a la mujer gritando e insultando a la vendedora, aparentemente en estado de ebriedad. A pesar de la presencia de elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), la agresora continuó con su comportamiento alterado, incluso lanzando frases como: “el karma llega, cule#@”.
Según los testigos, la mujer también habría dañado parte del mobiliario del negocio. Aunque un oficial intenta calmarla e incluso sugiere que se retire, la implicada se marcha sin ser detenida.
REDES SOCIALES CUESTIONAN LA INACCIÓN DE LAS AUTORIDADES
La falta de consecuencias inmediatas generó múltiples críticas en plataformas como X (antes Twitter) y Facebook. Muchos usuarios se preguntaron por qué no fue detenida si su conducta constituye una falta administrativa conforme a la Ley de Cultura Cívica de la CDMX.
“¿Y por qué no la detuvieron? Aunque la propietaria del puesto no proceda, está haciendo escándalo en vía pública”, escribió un internauta.
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece que hacer escándalo o alterar el orden en espacios públicos —lo que incluye gritar, generar ruidos excesivos o causar disturbios— es una infracción administrativa. Las sanciones pueden ir desde multas, arrestos de hasta 36 horas, o trabajo comunitario.
En casos más graves o reincidentes, y dependiendo del daño causado, algunas conductas podrían incluso ser consideradas delitos menores por alteración del orden público, castigados con penas de hasta 90 días de cárcel o sanciones económicas mayores.
FALTAS A LA MORAL TAMBIÉN PUEDEN SER SANCIONADAS
La ley también contempla como infracciones las faltas a la moral pública, como acciones ofensivas, lenguaje agresivo o actos indecentes. Aunque no son delitos penales, sí son sancionables con medidas administrativas.
Si no hay denuncia por parte de la víctima, como en este caso, y no se reportan daños mayores o violencia física, la autoridad puede actuar de oficio si considera que hubo alteración al orden. Sin embargo, muchas veces, si no hay una víctima que denuncie formalmente, el proceso no se activa.