En la conferencia de prensa matutina, el subsecretario de Seguridad, Luis Rodríguez Bucio, expuso la actuación de tres magistrados que favorecieron al ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca, y a su esposa, María de los Ángeles Pineda, ambos vinculados al caso Ayotzinapa.
Según las autoridades, el pasado 15 de noviembre, el Tribunal Colegiado, con una mayoría de votos, concedió un amparo a Abarca. Este amparo permite al juez tercero de Control de Toluca citar a las partes a una nueva audiencia.
En dicha audiencia, con plena libertad de jurisdicción y tras un debate previo, se determinarán medidas cautelares distintas a la prisión preventiva oficiosa.
Los magistrados señalados en esta situación son Rubén Sánchez Valencia y Luis Alberto Castro, quien actualmente ejerce como secretario en funciones de magistrado.
“De acuerdo al Colegiado, la prisión preventiva oficiosa impuesta a José Luis ‘N’ viola sus derechos convencionales en atención a las sentencias emitidas por la Corte Interamericana, las cuales pugnan por la eliminación de la prisión preventiva oficiosa”
En cuanto a María de los Ángeles Pineda Villa, Rodríguez Bucio explicó que el magistrado Jorge Montellano Iturralde revocó, el 24 de abril, la sentencia condenatoria de 10 años de prisión por delincuencia organizada. Montellano ordenó la reposición del procedimiento, argumentando que el juez que la condenó violó su derecho a la seguridad jurídica.
“De acuerdo al magistrado Montellano, el juez desahogó diversas diligencias sin la asistencia de la defensa; tampoco llevó a cabo el careo procesal entre la implicada y un testigo colaborador; ni se cercioró si el defensor público federal que asistió a la implicada en su declaración preparatoria, contaba con la cédula profesional”, destacó el subsecretario.
En otro caso mencionado, se acusó al juez Marco Antonio Beltrán de favorecer al ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge.
El juez determinó modificar la prisión preventiva justificada que pesaba sobre Borge, sustituyéndola por la colocación de un brazalete electrónico, arraigo domiciliario y el pago de una garantía de 10 millones de pesos, entre otras condiciones.
“Con esta resolución, el juez Beltrán Moreno beneficia a Roberto ‘N’ bajo la jurisprudencia 32/2022, que en armonía con el artículo 20 Constitucional, establece que a una persona procesada se le debe revisar la medida cautelar después de dos años de haber sido impuesta. Sin embargo, Borge permanecerá recluido en el Ceferepsi Morelos, ya que otro juez le confirmó nuevamente la prisión preventiva por delincuencia organizada”, concluyó Rodríguez Bucio.