En sesión de las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Derechos Humanos de la LX Legislatura del Congreso del Estrado, se aprobó en lo general el Dictamen con Minuta de Decreto para la expedición de Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla.
El dictamen tiene como objetivo, homologar la nueva Ley estatal con la Ley general para establecer las funciones y bases de coordinación entre las autoridades estatales y municipales en la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas; esclarecer los hechos, y prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
Así como los delitos vinculados previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Para lo cual se propone crear el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, regular y organizar el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla; el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, así como establecer indicadores de evaluación de objetivos confiables y transparentes, sobre la eficacia y eficiencia de resultados en materia de hallazgo, localización y ubicación de personas desaparecidas o no localizadas.
De igual manera, se pretende garantizar la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas o no localizadas hasta que se conozca su paradero.
Así como la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas, la participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecida, así como crear los registros estatales de personas desaparecidas, de fosas y de personas fallecidas y no identificadas.
Durante la discusión de la Iniciativa, la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval consideró que con esta nueva Ley se cumple con una deuda histórica con las y los poblanos, a través de una labor legislativa que es resultado de mesas de trabajo con los diversos sectores de la sociedad.
Lo que permitirá, también, establecer la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado, el Consejo Ciudadano, como órgano consultivo del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas y las células de búsqueda municipales, así como el registro estatal de las personas desaparecidas, el banco estatal de datos forenses, el registro estatal de personas fallecidas y el registro estatal de fosas, así como el respeto y presunción de vida de las personas desaparecidas hasta que no ocurra su localización.