Tribunal niega amnistía a Mario Villanueva, ex gobernador de Quintana Roo

Mario Villanueva, ex gobernador de Quintana Roo, no recibió el beneficio de la amnistía tras un fallo de un Tribunal Federal. Villanueva, de 74 años y con varias enfermedades, calificó la decisión como un acto de discriminación.

 

El Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal ratificó por unanimidad la resolución del año pasado de la jueza Diana Montserrat Partida Arámburo, del Sexto Distrito Especializado en Ejecución de Penas en la Ciudad de México, que consideró inviable concederle la amnistía. 

 

Villanueva continuará bajo medidas cautelares para cumplir su sentencia de 28 años de prisión por asociación delictuosa, delitos contra la salud y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

 

¿De qué se le acusa a Mario Villanueva?

 

Mario Villanueva fue capturado en 2001 y en 2010 se convirtió en el primer ex gobernador extraditado a Estados Unidos para ser juzgado por narcotráfico y asociación delictuosa. 

 

Tras declararse culpable de lavado de dinero, la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York le impuso una sentencia de 131 meses de prisión, acreditándole el tiempo que estuvo detenido en México antes de su extradición.

 

Villanueva pasó seis años en la prisión de Lexington, en Nueva York, antes de ser repatriado a México para cumplir con la sentencia pendiente en su país. 

 

Fue acusado de tener nexos con el cártel de Juárez y de reunirse en varias ocasiones con su líder, Amado Carrillo Fuentes, ‘El Señor de Los Cielos’, y con su operador, Alcides Ramón Magaña, ‘El Metro’.

 

A pesar de los señalamientos, Villanueva ha demandado su libertad, argumentando que se ha probado su inocencia en diversos procesos contra personas relacionadas con el narcotráfico. 

 

Además, ha solicitado la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador.

 

Villanueva había impugnado la decisión inicial, pero los magistrados Manuel Bárcena Villanueva, Juan Pedro Contreras Navarro y Gabriela Vieyra Pineda rechazaron sus alegatos, considerándolos infundados e inoperantes. 

 

A pesar de sus argumentos sobre discriminación, los magistrados señalaron que el legislador tiene la facultad de establecer los requisitos para conceder la amnistía, basándose en la distinción de las modalidades del delito contra la salud.