La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que el Congreso de Nuevo León prosiga con el juicio político iniciado contra el gobernador Samuel García Sepúlveda, como lo solicitó la Comisión Anticorrupción en enero del año pasado.
La decisión fue tomada por unanimidad de votos, aunque sin la presencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
El proceso legislativo contra el mandatario local fue validado por la SCJN debido a presuntas irregularidades en su administración.
También se resolvió la controversia presentada por García Sepúlveda en respuesta a la decisión del Congreso en su contra. Durante la sesión del martes 21 de mayo, los ministros determinaron la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 203 de la Ley de Juicio Político, el cual exige que la persona acusada deba retirarse del cargo.
Por esta razón, el gobernador y militante de Movimiento Ciudadano (MC) continuará al frente del estado de Nuevo León mientras dure el proceso.
Además, el pleno del máximo tribunal aclaró que los integrantes del Poder Legislativo de Nuevo León no tienen la facultad para separar a un gobernador de su cargo.
El Pleno de #LaCorte invalidó un artículo de la Constitución de Nuevo León, en el cual se facultaba al Congreso local para separar de su encargo a un servidor público acusado en un juicio político. https://t.co/VQjIH1vABm pic.twitter.com/bIiV45alZm
— Suprema Corte (@SCJN) May 22, 2024
Esta atribución corresponde al Tribunal Superior de Justicia, ya que se requiere una sentencia para tal decisión.
En conclusión, si el Congreso local determina que García Sepúlveda cometió faltas graves, el gobernador deberá dejar su puesto. De lo contrario, podrá seguir en funciones. Sin embargo, la decisión final recaerá en el Tribunal Superior de Justicia del estado.
Durante el proceso, García Sepúlveda continuará desempeñando sus funciones según lo estipulado por la Constitución de Nuevo León.
“Se declara la invalidez del artículo 203, párrafo segundo, en su porción normativa el acusado queda solo por ese hecho separado de su cargo y la Constitución Política del Estado libre y soberano de Nuevo León, reformado mediante el decreto número 248″, estableció la Suprema Corte.