SCJN echa abajo amparos contra extinción de los fideicomisos del PJF

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer y resolver los amparos que fueron tramitados contra la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

 

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y algunos quejosos pidieron a la Corte atraer los amparos que apenas se están tramitando y que fueron concentrados por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) en el juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región en la Ciudad de México.

 

Recordemos que la Presidencia de la República buscaba que la Corte, en la que actualmente se tienen tres ministras afines al Ejecutivo federal, fuera quien dictara las sentencias de los amparos.

 

No obstante, este lunes la Corte notificó el desechamiento de las solicitudes debido a que el Máximo Tribunal no puede resolver este tipo de amparos.

SCJN VS AMPAROS 

“En los términos y por las razones indicadas en este proveído, no se está en el caso de continuar con el trámite de la presente solicitud en términos de lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Amparo”, declara el acuerdo.

 

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de atribuciones para conocer de juicios de amparo indirecto en primera instancia”.

 

De acuerdo con la Ley de Amparo el Máximo Tribunal puede conocer de juicios de amparo directo en reasunción de competencia o en recurso de revisión.

 

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Sin embargo,  en el caso de amparos indirectos sólo puede hacerlo una vez que se tenga una sentencia definitiva dictada por un juzgado de Distrito y alguna de las partes tramite un recurso de revisión y el Tribunal Colegiado o alguno de los interesados haga la petición a la Corte ejercer su facultad de atracción.

 

En este caso, de los amparos indirectos contra la extinción de los fideicomisos del PJF, no existe ninguno en el que se haya determinado ya una sentencia definitiva pues el juzgado de Distrito que los concentra aún está reuniendo informes y pruebas.

 

Asimismo, la emisión de las sentencias en estos amparos no se ha podido concretar debido a que la Presidencia de la República impugnó las suspensiones otorgadas mismas que el pasado 6 de diciembre fueron confirmadas por la Segunda Sala de la Corte.