Por Jorge Evia Ramírez
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El día de hoy y de manera sorpresiva, el ministro Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea quien presidió la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el período 2019 y 2022, presentó su renuncia al presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los motivos de su renuncia, según su carta dice que: “Considero que mi ciclo en la Suprema Corte ha terminado y que las aportaciones que puedo realizar desde esta posición en la consolidación de un mejor país se han vuelto marginales”
No obstante lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 98, tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y si las acepta, las enviará para su aprobación al Senado”.
Para el caso de un cese de un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Artículo 95 de nuestra Carta Magna establece que para ser ministro o ministra deberá “gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión”.
Para el caso, si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, será inhabilitado para el cargo, sin importar la pena.
El caso de Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, forzosamente nos remite al caso del ex ministro Eduardo Medina Mora, quien presentó su renuncia al tribunal constitucional sin exponer motivos y como antecedente al presente caso, el presidente Andrés Manuel López Obrador aceptó la dimisión y comunicó al Senado de la República, quien eligió a un nuevo ministro.
En torno al caso del ex ministro Eduardo Medina Mora, fue señalado supuestamente por haber recibido millonarios depósitos bancarios en el extranjero y aún tenía por delante 11 de los 15 años para los que fue electo por la cámara alta en marzo de 2015.
En la historia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el caso de Eduardo Medina Mora fue el segundo escándalo en la Corte en un período de 31 años. No obstante, ya existían antecedentes de otras tres renuncias por igual número de ministros siendo los motivos expuestos “para retirarse de la vida pública”; “por apego a sus principios” y el último por “abrirse una investigación en su contra”. De tal suerte, que dichas renuncias en el máximo órgano de justicia del país ocurrieron por razones ideológicas, personales y por proteger a un asesino.
Durante los tiempos porfiristas, siendo presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el ministro Ignacio Luis Vallarta, presentó su renuncia en el año 1882 para retirarse de la vida pública.
En 1931, el ministro Alberto Vásquez del Mercado presentó su renuncia un 12 de mayo al presidente Pascual Ortiz Rubio. Las razones y motivos expuestos, fueron su inconformidad ante la aprehensión y destierro del político y jurista Luis Cabrera.
El último caso, fue el del ministro Ernesto Díaz Infante acusado de corrupción y declarado prófugo de la justicia mexicana. El 2 de diciembre de 1988, el ministro Díaz Infante fue acusado de recibir cerca de 500 mil dólares por la liberación de Alejandro Braun Díaz, apodado “El Chacal” de Acapulco.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compone de 11 ministras y ministros, que duran en su encargo 15 años y sólo pueden ser removidos en los términos del Título Cuarto de la Constitución.
El Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las responsabilidades a que están sujetos los servidores públicos, vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción y patrimonial del Estado. Asimismo, se advierte que serán sujetos a juicio político, de ser el caso, para su remoción.
El Artículo 94 de la Constitución establece que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se compone de 11 ministras y ministros, que duran en su encargo 15 años y sólo pueden ser removidos en los términos del Título Cuarto de la Constitución.
En lo que respecta a las renuncias en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el artículo 98 de nuestra Carta Magna establece que: «Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente (de la República) someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución. Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado», estipula dicho artículo de la Carta Magna.
En el caso del ministro Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, no existe causa grave. Pero en un error de Timing Político. En la vida pública el timing es de extrema importancia. La misma acción puede tener efectos diferentes dependiendo del momento en el que se haga, y hoy, con la rapidez con la que suceden los hechos en el escenario mediático, todavía más.
Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea se reunió horas después de presentar su renuncia como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con Claudia Sheinbaum anunciando que acordaron trabajar juntos. Malicia, mezquindad y ambición lo demostrado por Arturo Zaldívar en tiempos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra bajo fuego desde Palacio Nacional.